¿Estas Obligado a Declarar en Contra De Su Pareja? Confidencialidad Matrimonial en Casos De Lesiones Personales
En cualquier caso de lesiones personales, los abogados deben familiarizarse con los hechos y pruebas pertinentes en el asunto para poder separar lo que se sabe o se sospecha de lo que puede ser probado por competente, testimonio admisible. Aunque parezca simple, este aspecto de la evaluación de casos es quizás el más difícil para los abogados y requiere una comprensión completa y exhaustiva de las reglas de la evidencia. Uno de las áreas de pruebas que es extremadamente importante son los privilegios probatorios porque tel poseedor de un privilegio probatorio puede negarse a revelar, y evitar que otros revelen, el contenido de una comunicación privilegiada.
Privilegios reconocidos en el código de evidencia de Florida:
• privilegio abogado-cliente
• privilegio de psicoterapeuta-paciente
• privilegio de víctima-consejero de asalto sexual
• defensor de la violencia doméstica-privilegio de víctima
• privilegio de marido y mujer
• privilegio del clero
• privilegio contable-cliente
• privilegio de periodista
• privilegio de secreto comercial.
El privilegio matrimonial esposo-esposa da a ambos cónyuges la capacidad de negarse a revelar comunicaciones matrimoniales confidenciales, y además, da a cada cónyuge la capacidad de evitar que el otro divulgue comunicaciones matrimoniales confidenciales. El privilegio cubre las comunicaciones matrimoniales orales, escritas y basadas en gestos. El privilegio marital es reconocido para fortalecer el maritalHarmonyas blas partes de la conversación o comunicación de OTH deben poder confiar en su confidencialidad. En el derecho común, un cónyuge no podía testificar por o en nombre del otro cónyuge. También existía un privilegio de derecho consuetudinario que protegía la divulgación de las comunicaciones matrimoniales sin el consentimiento de ambos cónyuges. En la Florida, el privilegio de la ley común con respecto a las comunicaciones matrimoniales está codificado en Fla. Stat. § 90.504 que dice lo siguiente:
Sección 90,504. Marido-esposa Privilege
1 El cónyuge tiene un privilegio durante y después de la relación matrimonial de negarse a revelar, y evitar que otro divulgue, las comunicaciones que estaban destinadas a ser hechas en confianza entre los cónyuges mientras eran marido y mujer.
2 El privilegio puede ser reclamado por cualquier cónyuge o por el tutor o conservador de un cónyuge. La autoridad de un cónyuge, o tutor o curador de un cónyuge, para reclamar el privilegio se presume en ausencia de pruebas contrarias.
3 No hay ningún privilegio en esta sección:
(a) En un procedimiento interpuesto por o en nombre de un cónyuge contra el otro cónyuge.
(b) En un proceso penal en el que un cónyuge es acusado de un delito cometido en cualquier momento contra la persona o propiedad del otro cónyuge, o la persona o propiedad de un niño de cualquiera de los dos.
(c) En un proceso penal en el que la comunicación es ofrecida por un demandado-cónyuge que es uno de los cónyuges entre los que se hizo la comunicación.
De acuerdo con este privilegio, ninguno de los cónyuges puede dar testimonio en ningún caso o procedimiento que exponga las comunicaciones confidenciales realizadas entre ellos durante el matrimonio. Además,cualquiera de los cónyuges que testifique como testigo puede afirmar el privilegio de evitar revelar asuntos privilegiados, y un cónyuge que es parte en una acción puede afirmarla para evitar que el otro cónyuge testifique a asuntos privilegiados. Por lo tanto, si un esposo llama a su esposa como testigo, la esposa puede afirmar el privilegio a pesar de los deseos del esposo de que se divulgue el testimonio. Si la esposa es llamada como testigo para testificar en contra del esposo, el esposo podría afirmar el privilegio a pesar de la disposición de la esposa a testificar. Después de la muerte de un cónyuge, el privilegio marital puede ser reclamado por o en nombre del cónyuge sobreviviente. En otras palabras, después de la muerte de un cónyuge el privilegio existe para el beneficio del sobreviviente. De hecho, incluso si un tercero escucha una comunicación entre un esposo y una esposa y uno de los cónyuges pretende que sea privilegiada, el privilegio debe ser respetado. Sin embargo, las comunicaciones realizadas antes del momento en que dos personas están casadas o después de la disolución del matrimonio no son privilegiadas a pesar de que las personas están casadas en el momento del juicio.
¿Qué es una «comunicación matrimonial confidencial»?
Las comunicaciones matrimoniales solo están sujetas al privilegio conyugal si son confidenciales. Si un cónyuge no pretende que las declaraciones sean confidenciales, no son privilegiadas. El destinatario de la comunicación debe ser su cónyuge, exclusivamente. Por ejemplo, en una conversación entre un marido y una esposa de pie en lados opuestos de una habitación durante un cóctel no es privilegiada ya que no hay una expectativa razonable de privacidad por parte del marido y la esposa. No pudieron haber pretendido que la conversación fuera confidencial. Sin embargo, cuando hay una expectativa razonable de privacidad y si los cónyuges pretenden que sus comunicaciones son privilegiadas, el privilegio se aplica a pesar del hecho de que las comunicaciones se escuchan. Si una tercera persona desconocida escucha a través de una puerta cerrada cuando no es razonablemente evidente que el esposo o la esposa que el tercero está presente, el privilegio no se destruye. El término comunicaciones se refiere a más de conversaciones o cartas entre marido y mujer. Las acciones y expresiones físicas destinadas a transmitir un significado de un cónyuge a otro son comunicaciones y son privilegiadas. Sin embargo, el privilegio no es generalmente aplicable a hechos o actos. Declaraciones habladas o escritas, signos oinclusolos gestos están protegidos, pero las observaciones de la conducta de un cónyuge no lo son. Por lo tanto, se puede impedir que un cónyuge que escucha una confesión testifique, pero un cónyuge que ve el crimen ocurre no puede.Considere el siguiente ejemplo: si unesposahabla consu maridoen confianza sobre cómosél estababorrachocuando se sgolpeó unciclista,entonces esa comunicación sería privilegiada. Por el contrario, si la esposa regresaba en la noche del accidente obviamente intoxicado y el marido observaba estas conductas, podría verse obligado a testificar en cuanto a estas observaciones.
¿Se puede renunciar al privilegio marido-mujer en la Florida?
Sí. El privilegio está sujeto a renuncia, ya sea por medios expresos o por conducta. Si un esposo o esposa divulga voluntariamente una porción sustancial de una comunicación privilegiada, se renuncia al privilegio en cuanto a todas las demás comunicaciones sobre el mismo asunto. Sin embargo, tenga en cuenta que, dado que el privilegio marital es retenido por ambas partes en el matrimonio, la renuncia por un cónyuge no impide que el otro haga valer el privilegio. Por ejemplo, un cónyuge puede seguirafirmar el privilegio a pesar de lade otro cónyugedivulgación voluntariade una comunicación privilegiada. Simplemente, las comunicaciones matrimoniales sólo son privilegiadas si se hacen con confianza. Ninguno de los cónyuges puede reclamar el privilegio si sus comunicaciones fueron razonablemente oídos por un tercero. El privilegio también puede ser renunciado al no hacer valer durante un procedimiento judicial cuando un testigo está testificando a asuntos privilegiados. Sin embargo, cuando se ha renunciado en parte a un privilegio por falta de objeto, se puede volver a evaluar para proteger la información que aún no se ha revelado.
¿Hay alguna excepción?
Sí. El privilegio matrimonial esposo-esposa en Florida es virtualmente absoluto cuando se aplica, pero hay excepciones. No debe ser visto como un escudo protector en todos los casos. No se aplica cuando un cónyuge es acusado de un delito cometido contra la persona o propiedad del otro cónyuge o de un hijo de cualquiera de los dos, pero el privilegio sí se aplica si los cónyuges cometen un delito como coconspiradores. No se aplica en procedimientos de disolución u otras acciones legales entre marido y mujer. Tampoco prohíbe a un acusado criminal ofrecer en evidencia una comunicación interconyugal en la que participó. Se aplica después del divorcio a las comunicaciones hechas durante el matrimonio. Si usted o un ser querido ha sufrido lesiones en un accidente, los abogados de los accidentes automovilísticos en Suarez & Montero pueden ayudarle a recuperar los salarios perdidos y la compensación para pagar las facturas médicas y el tratamiento. Revisemos su caso y discutamos sus opciones legales. Nuestros abogados están listos para proporcionar una representación legal probada y están listos para proteger sus derechos. Estamos disponibles 24/7 para darle una consulta gratuita, sin riesgo caso!
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