Lamborghini Se Estrella Y Vuela Sobre El Techo De Un Dúplex

Lamborghini se estrella y vuela sobre el techo de un dúplex

Un SUV Lamborghini se estrelló contra otro vehículo y aterrizó en un techo dúplex antes de caer sobre el césped e incendiarse, dijo el Departamento de Bomberos de Fort Lauderdale.

Una persona escuchó el choque del domingo desde un patio trasero cercano y se acercó al conductor del lujoso SUV blanco para ayudarlo a salir del vehículo. Pero el conductor le dijo al testigo que lo soltara y luego salió corriendo, según un informe policial. Cuando llegaron los equipos de rescate, la camioneta estaba en llamas y el conductor no estaba, según los bomberos. Una persona no especificada involucrada en el accidente sufrió heridas leves.

El conductor del Nissan plateado que fue atropellado por el Lamborghini tenía el derecho de paso, según el informe. El informe no decía si McQueen estaba acelerando o si pasó la señal de alto de la intersección. El accidente ocurrió en la cuadra 1100 de la Séptima Avenida del Noroeste en Fort Lauderdale.

DAÑO A LA PROPIEDAD

En términos generales, los costos de los daños a la propiedad serán pagados por su compañía de seguros. Sin embargo, si el otro conductor tuvo la culpa y usted sufrió lesiones importantes además de pérdidas materiales, puede solicitar un reembolso a través de la compañía de seguros del otro conductor.

Hay dos tipos de propiedad:

Propiedad real. Esta es la tierra y las cosas que están permanentemente unidas a ella, como una casa.
Bienes muebles, también conocidos como “bienes muebles”. Este tipo incluye todos los demás tipos de bienes, como un automóvil, un lavavajillas o una computadora.

A menudo, el tipo de propiedad es importante para elegir el recurso legal adecuado para buscar compensación.

Antes de que se puedan recuperar los costos de la propiedad perdida, robada o dañada, se le debe asignar un valor. Esto es necesario para un reclamo de seguro o una demanda contra la parte responsable.

Según la ley de Florida, la propiedad se evalúa con un valor que es el menor de:

El costo de reparación, reposición o restauración de la propiedad; o La reducción del valor de mercado. Esto es igual a la diferencia en el valor de mercado justo antes del daño y el valor inmediatamente después.

COBERTURA DE SEGURO EN FLORIDA

De acuerdo con la ley de Florida, debe tener $ 10,000 en PIP y $ 10,000 de responsabilidad por daños a la propiedad. El seguro PIP lo cubre a usted, a los miembros de su familia y a sus hijos si están involucrados en un accidente automovilístico. Sin embargo, dado que el PIP solo cuesta $10,000 y cubre el 80 % de todos los costos médicos, normalmente no es suficiente para cubrir todos los costos necesarios.

De acuerdo con el Estatuto de Florida 316.065, los accidentes automovilísticos deben informarse a la policía si el choque resultó en lesiones o muerte y/o el daño a la propiedad causado fue de al menos $500 o más. Esto es más fácil cuando el conductor culpable permanece presente para que la policía llegue a la escena. Si tiene que lidiar con un tipo de accidente de atropello y fuga, presentar el reclamo será diferente.
Para todos los accidentes automovilísticos en Miami, es importante tomar fotografías de la escena del choque, las lesiones y los daños a los vehículos u otras propiedades. Este tipo de evidencia se utiliza para reunir los costos de todos los daños que se produjeron a raíz del accidente. Cuando presenta un reclamo, tener la evidencia adecuada y las declaraciones de los testigos puede aumentar en gran medida el monto de su liquidación.

LA FECHA LÍMITE DE PRESENTACIÓN EN FLORIDA

En Florida, se aplica un plazo de presentación de cuatro años a cualquier demanda que busque la reparación o el reemplazo de bienes dañados o destruidos, ya sean bienes inmuebles o personales. Específicamente, la sección 95.11 de los Estatutos de Florida establece que se aplica un límite de tiempo de cuatro años a los siguientes tipos de demandas civiles presentadas en los tribunales del estado:

una acción basada en daños a la propiedad resultantes de la planificación de un proyecto de construcción relacionado con bienes inmuebles, o la construcción real de ese proyecto
una acción por tomar, detener o dañar propiedad personal (que incluye daños a todo, desde vehículos hasta joyas, muebles y la mayoría de los demás artículos personales)
cualquier acción «basada en negligencia» (es decir, cualquier situación en la que el descuido de otra persona lo lesionó a usted o a su propiedad; obtenga más información sobre negligencia y culpa por lesión), y
«cualquier acción no prevista específicamente en estos estatutos» (lo que significa que este plazo de cuatro años también sirve como un límite de tiempo general para la presentación de demandas no mencionadas específicamente en otra parte de los estatutos de limitaciones de Florida).

RECUPERACIÓN DE LA INDEMNIZACIÓN POR DAÑOS A LA PROPIEDAD

Negligencia A veces, la pérdida, robo o daño a la propiedad se debe a una conducta irrazonable de la persona culpable (el demandado). Esto se llama negligencia.

Para probarlo, la víctima debe acreditar estos cuatro elementos:
El acusado le debe a la víctima un deber de cuidado.
El demandado incumple este deber al actuar irrazonablemente dadas las circunstancias.
El incumplimiento causa daños a la propiedad de la víctima.
Se puede evaluar el valor de la propiedad dañada.

La negligencia es una base legal muy común para recuperar daños a la propiedad cuando el daño se debió a la conducta irrazonable del demandado en lugar de un acto deliberado. Por ejemplo, después de un accidente automovilístico en el sur de Florida, es posible que su vehículo deba sufrir daños graves.

LEY DE POLÍTICA VALORIZADA

Florida tiene una ley especial relativa a la cobertura de seguros de estructuras específicas.

Esta ley, en el Estatuto de Florida § 627.702, dispone:
“En caso de pérdida total de cualquier edificio, estructura, casa móvil… o edificio prefabricado… asegurado por cualquier asegurador en cuanto a un riesgo cubierto,… la responsabilidad del asegurador conforme a la póliza por tal pérdida total, si es causada por un riesgo cubierto , será por la cantidad de dinero por la cual dicha propiedad fue asegurada tal como se especifica en la póliza y por la cual se ha cobrado y pagado una prima.”
El fundamento de esta ley es evitar litigios prolongados sobre el valor de la estructura y simplemente requiere que la aseguradora reembolse al asegurado el monto asegurado de la propiedad.

¿A QUIÉN DEBO LLAMAR?

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