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Doctrina de Instrumentalidades Peligrosa en Florida

Florida es la única jurisdicción en los Estados Unidos que impone estricta responsabilidad vicaria sobre un propietario de un vehículo de motor que voluntariamente confía a otro. En Florida, la doctrina de la instrumentalidad peligrosa impone una responsabilidad estricta a los propietarios que autorizan a otra persona a operar su vehículo por daños y perjuicios por lesiones a terceras personas causadas por la operación negligente de la persona autorizada para conducir el vehículo por el propietario. La doctrina se basa en la opinión de que quien crea el peligro encomendando el automóvil a otro conductor está en la mejor posición para compensar a cualquier persona que se lesione por su operación negligente. El propósito de la doctrina peligrosa de la instrumentalidad es alentar a los dueños de vehículos a tener cuidado al permitir que otros usen sus automóviles.

¿Qué se considera una instrumentalidad peligrosa en Florida?

  • Aviones
  • camiones
  • autobuses
  • carros de golf
  • grúas
  • Tractores

¿Quién es considerado un propietario bajo la ley de Florida?

La prueba de propiedad es un elemento esencial de la doctrina peligrosa de la instrumentalidad y la carga recae sobre el demandante para demostrarlo. Generalmente, si el nombre de una persona aparece en el título, esa persona generalmente se considera un propietario porque tiene un interés de propiedad identificable en el vehículo. El arrendador también es considerado propietario y puede ser vicariamente responsable de la operación negligente del vehículo alquilado por el arrendatario u otros que puedan operar el vehículo en el momento del accidente.

En otros casos, los tribunales de Florida pueden mirar para ver quién obtiene un beneficio de la propiedad del vehículo para determinar la propiedad. Esta excepción es bastante estrecha y sólo se aplica en situaciones en las que el titular posea el título en virtud de un acuerdo de venta condicional o haya vendido el vehículo y transferido la posesión. Si una persona no tiene un interés de propiedad beneficioso en el vehículo o no tiene un título legal para el vehículo, la responsabilidad no se adjunta.

¿Cuál es la diferencia entre un contrato de arrendamiento y una venta condicional para propósitos de determinar la propiedad bajo esta doctrina?

La principal diferencia entre los dos es que bajo un contrato de venta condicional, una venta se ha hecho a pesar de que el vendedor retiene el título legal como garantía para el pago del precio de compra. Sin embargo, se considera que un arrendamiento es una transferencia de posesión en virtud de un acuerdo que describe las limitaciones del uso del vehículo por el arrendatario y especifica el período de posesión después del cual el vehículo debe devolverse al arrendador. Básicamente, un contrato de venta condicional transfiere la propiedad mientras que un arriendo no lo hace.

¿Cuáles son algunas excepciones a la doctrina de la instrumentalidad peligrosa?

Los arrendadores a largo plazo bajo Fla. Stat. § 324.021 (9)(a) estipula que los arrendadores que arriendan un vehículo de motor por un período de un año o más y requieren que el arrendatario obtenga un seguro con límites mínimos de $100,000 dólares $300,000 para la responsabilidad por lesiones corporales y $50,000 para daños a la propiedad, no serán considerados como el propietario con el fin de determinar la responsabilidad financiera para el funcionamiento del vehículo o para los actos negligentes del operador.

La sección 324.021 (9) (b) (3) establece que una persona física que presta su vehículo a un usuario permisivo es responsable del funcionamiento del vehículo o de los actos del conductor hasta $100.000 por persona y $300.000 por incidente. Sin embargo, si el usuario permisivo no está asegurado o tiene seguro con daños a la propiedad combinados y límites de responsabilidad por lesiones corporales de menos de $500.000, el propietario es responsable de hasta otro $500.000, reducido por cualquier monto realmente recuperado del usuario permisivo o su aseguradora. Estas limitaciones no se aplican a la responsabilidad del propietario por su propia negligencia.

Regla de la tienda
Un propietario o arrendatario que ha entregado un vehículo a un taller de reparación de mantenimiento o a un servicio de limpieza no es ordinariamente responsable de la operación negligente del vehículo durante el mantenimiento, pruebas relacionadas con el servicio, o el transporte por el Bailee.

Título Desnudo
Un propietario puede escapar de la responsabilidad vicaria al demostrar la ausencia de propiedad benéfica en el vehículo, de tal manera que el propietario tiene un mero título desnudo. En ausencia de un acuerdo de venta condicional, el propietario raramente evitaría la responsabilidad vicaria en estas circunstancias.

Agravio Intencional
El uso intencional como rma está excusado por un arrendatario, Bailee o partido con un interés de propiedad identificable cuando el operador utiliza el vehículo de manera semejante a un arma para infligir intencionalmente lesiones personales.

Conversión o Robo
Si el propietario inicialmente había dado su consentimiento para el uso del vehículo más allá de su control inmediato, la responsabilidad vicaria no se impone cuando el uso del vehículo equivale a conversión o robo.

Aunque una discusión exhaustiva de la doctrina peligrosa de la instrumentalidad y sus excepciones está fuera del alcance de este blog, hay que subrayar que la determinación de la titularidad del automóvil, así como la cobertura de seguro disponible para cada propietario es esencial para una evaluación completa del caso.

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