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Informe de OSHA Sobre el Colapso del Puente de FIU Dice Que el Puente Podría Haber Sido Evitado

Después del colapso del puente peatonal que puso fin a la vida de 15 personas hace un ano, la Administración de Seguridad y Salud Ocupacional de los Estados Unidos (OSHA) llevó a cabo una investigación para determinar la causa final del colapso. El puente peatonal formaba parte del proyecto de prosperidad de la ciudad universitaria de FIU con el objetivo de mejorar la infraestructura de la escuela. La Iniciativa incluyó la construcción de un puente peatonal sobre la SW 8th Street cerca de SW 109th Avenida para acelerar el movimiento de estudiantes de la ciudad vecina de Sweetwater al campus de FIU. Los resultados de esa investigación se publicaron recientemente en un informe de 115 páginas que concluye que el ingeniero de registro, Ingenieros de puentes FIGG (FIGG) no reconoció que el puente estaba en peligro de colapsar después de inspeccionar el puente sólo unas horas antes del colapso. El informe incluye varias imágenes detalladas que muestran grietas en el puente. Además, el informe concluye que el puente colapsó debido a un diseño estructural deficiente. El informe también atribuye un error a Servicios de ingeniería de red, Inc. d/b/a Bolton Perez & Associates Inc. (BPA) que fue retenido por la FIU para servir como Ingeniero de construcción e inspector en el proyecto. En el informe, OSHA afirma que el BPA no siguió los requisitos del Departamento de transporte de la Florida al no reconocer las grietas en el puente como de naturaleza estructural.

Responsabilidad Debido a Lesiones Causadas Por Puentes Defectuosos

Hay una gran cantidad de especulaciones con respecto a la técnica de diseño rápido utilizada para construir el puente peatonal de la FIU que se llama construcción acelerada de puentes o (ABC). De hecho, muchos expertos culpan a la técnica por el colapso del puente. Este método fue usado para cortar el tiempo de instalación. Los principios de la ley general de agravio se aplican a todas las reclamaciones alegando diseño defectuoso, construcción o mantenimiento de puentes que lea d a lesiones personales o daños a la propiedad. Las lesiones causadas por defectos en puentes, tales como la falta o insuficiencia de barandillas, o pisos defectuosos, y las lesiones incurridas en el colapso de un puente debido a defectos en su estructura, pueden proporcionar un terreno para la recuperación si el demandante puede establecer el conocimiento del acusado, real o constructivo, del peligro existente por causa de los defectos.

¿Quién Puede Ser Responsable Por el Colapso del puente de FIU?

En general, todos los actores privados involucrados en la construcción de un puente tienen el deber de construir adecuadamente el puente para que las personas puedan viajar sobre ellos sin ningún peligro. El foco principal de quién es responsable generalmente se convierte en quién había retenido el control o había ejercido realmente el control sobre la construcción del puente. Por ejemplo, una compañía que ha contratado con una ciudad que posee un puente para mantenerlo y mantenerlo en reparación puede ser considerada responsable por lesiones resultantes de su negligencia al no proporcionar dispositivos de seguridad. Del mismo modo, cuando una persona se lesiona en un puente mientras una empresa está en posesión del puente con el fin de repararlo o construir el puente bajo un contrato con el propietario del puente, la empresa es responsable ante la persona lesionada por daños por lesiones que son el resultado próximo de la negligencia de la empresa. Además, cuando un puente es propiedad o mantenido por el estado, un condado, o un municipio, a continuación, cuestiones relacionadas con la inmunidad soberana y calificada surgen.

En este caso, hay muchos demandados potenciales. Las partes responsables podrían variar desde el constructor, Ingeniero, arquitecto, ciudad, estado y cualquier otra parte que fue contratado para trabajar en el puente. En Florida, un contratista que construye, mantiene o repara un puente o otra instalación de transporte para el Departamento de transporte no es responsable por lesiones personales, daños a la propiedad o la muerte derivada del desempeño de la construcción, mantenimiento o reparación si, en el momento de la lesión personal, el daño a la propiedad o la muerte, el contratista estaba en conformidad con los documentos del contrato material a la condición de que era la causa próxima de la lesión personal, daños a la propiedad, o la muerte. Esto significa que las empresas que construyeron y diseñaron el puente, simplemente tienen que demostrar que estaban en conformidad con los términos de sus contratos para evitar la responsabilidad. Sin embargo, cuando la causa próxima de la lesión personal, daño a la propiedad, o la muerte es una condición latente, defecto, error u omisión que fue creado por el contratista, la responsabilidad puede atribuirse al contratista. El informe de la investigación de la OSHA se vuelve particularmente importante aquí porque concluye que las empresas involucradas causaron el colapso al no seguir el protocolo y construir un puente que fuera estructuralmente deficiente.

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