What Is A Proposal For Settlement In Florida Spanish

¿Qué Es Una Propuesta de Asentamiento en Florida?

Ya sea una demanda después de un accidente automovilístico, resbalones y caídas, viajes y caídas, o algún otro incidente que implique lesiones personales, las reglas de procedimiento civil de Florida típicamente guían litigios. El estatuto de Florida § 768.79 (oferta de juicio y demanda de juicio) y el Reglamento de la Florida de procedimiento civil 1.442 (propuestas de acuerdo) proporciona el marco y los detalles para obtener honorarios y costos legales cuando una parte rechaza una oferta formal para liquidar un caso. Una propuesta de liquidación o «PFS» para abreviar es una valiosa herramienta de litigios utilizada para presionar a las partes para que dirijeran demandas. En Resumen, un PFS esencialmente es un documento jurídicamente vinculante presentado por una parte a la parte contraria y específicamente identifica el monto monetario que el partido que sirve desea para la liquidación.

¿Cómo funciona una propuesta de conciliación?

Una propuesta de asentamiento en Florida puede ser presentada por cualquiera de las partes en una demanda. Una propuesta válida puede servir para crear una oportunidad para que su cliente recupere sus honorarios incurridos en el procesamiento o la defensa de una reclamación cuando de lo contrario no existe ninguna reclamación contractual o de Honorarios estatutarios. También puede servir como un chip de negociación útil en la mediación o en el escenario posterior al juicio. Las propuestas de liquidación se utilizan con mayor frecuencia en casos de lesiones personales; sin embargo, también pueden ser utilizados en otros casos.

En Florida, si su caso va a juicio y usted recibe (a través del juicio) por lo menos el veinticinco por ciento menos de dinero que el monto de la propuesta del demandado, entonces usted es requerido por el Tribunal para pagar los honorarios y los costos de los abogados del acusado, que devengaron a partir de la fecha de la propuesta de liquidación hasta la fecha de la sentencia. Esto puede ser una suma considerable de dinero y aumenta el riesgo de perder dinero adicional. Del mismo modo, si usted obtiene un juicio neto que es veinticinco por ciento o mayor que el monto de la propuesta de liquidación que usted ofreció al acusado, entonces el acusado tiene que pagar los honorarios y costos de sus abogados.

Cualquier Propuesta de liquidación debe ser por escrito y contener lo siguiente:

  • la oferta debe indicar que se está realizando de conformidad con la regla 1.442 y FLA. stat. § 768.79.
  • la oferta debe nombrar a la parte o partes que hacen la propuesta y los nombres de la parte o partes.
  • La oferta se está haciendo la oferta debe declarar las reclamaciones que está tratando de resolver, ya sea declarando que está destinada a liquidar todas las reclamaciones, o especificando las reclamaciones por cuenta.
  • la oferta debe indicar con particularidad cualquier condición pertinente.
  • la oferta debe indicar con ESPE la cantidad propuesta para liquidar una reclamación por daños punitivos, si los daños punitivos son parte de la reclamación legal.
  • la regla requiere que una oferta indique si incluye la cantidad de honorarios del abogado que se pueden adjudicar al oferatario y si los honorarios del abogado son parte del reclamo legal del oferente.
  • la oferta debe ser servida de la misma manera que cualquier otro alegado en el caso y debe incluir un certificado de servicio indicando la fecha de servicio.

¿Cuándo se debe servir un PFS?

Un PFS debe ser servido en un demandado no antes de 90 días desde el servicio del proceso. En un demandante no antes de 90 días después de que se haya iniciado la acción. No más tarde de 45 días antes de la fecha fijada para el juicio o el primer día del expediente en el que se establece el caso para el juicio, lo que ocurra antes. Una propuesta se considerará rechazada a menos que se acepte mediante notificación escrita dentro de los 30 días siguientes al servicio de la propuesta.

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