Responsabilidad Por Las Instalaciones en La Florida
En Florida, los propietarios generalmente son responsables de las lesiones que sufre otra persona mientras se encuentra en su propiedad. El término legal para este tipo de responsabilidad se conoce como responsabilidad local. En esta publicación de blog, discutiremos el deber de cuidado que se debe a las personas lesionadas en la propiedad de un propietario, las situaciones más comunes que generalmente resultan en un litigio de responsabilidad de las instalaciones y las personas o empresas que pueden ser consideradas responsables en virtud de la responsabilidad de las instalaciones.
Estándar de Atención en Casos de Responsabilidad de Locales El elemento del deber es el elemento más crítico en una acción de responsabilidad de locales. Sobre la base de la necesidad de equilibrar los derechos de propiedad con la necesidad de proteger a las personas de daños irrazonables, se imponen diversas obligaciones a los propietarios y ocupantes de tierras (arrendatarios) según el tipo de actividad en cuestión. Por ejemplo, un propietario tiene el deber de ejercer un cuidado razonable para evitar daños a terceros y protegerse contra los cargos de negligencia si alguien sufre lesiones personales en la propiedad del propietario. Si bien la propiedad legal o el título de propiedad casi siempre establecerá la responsabilidad por parte del propietario, el control o la posesión de la propiedad donde ocurre una lesión también puede establecer la responsabilidad en un caso de responsabilidad de la propiedad.
Categorías de Personas en Propiedad Ajena
Hay tres categorías de personas que corresponden a un deber que el propietario o el ocupante de la tierra adeuda a la persona que ingresa a la tierra. Estas categorías de participantes, en orden de estatus creciente, son intrusos, licenciatarios e invitados.
Intrusos: Un intruso es un individuo que ingresa a la propiedad de otra persona para su propia conveniencia sin permiso o autoridad. Generalmente, un terrateniente o un ocupante de tierras tiene el deber legal de evitar daños intencionales e imprudentes a un intruso desconocido. Según la ley de Florida, un intruso no descubierto es una persona que ingresa a la propiedad de otro sin una invitación, y cuya presencia física en la propiedad se desconoce. Para evitar la responsabilidad de un intruso no descubierto, una persona debe abstenerse de cualquier mala conducta intencional que cause daño al intruso. Por lo general, un deber surgirá con respecto a un intruso solo si el propietario o el ocupante de la tierra descubre la presencia física de un intruso en las instalaciones.
Licenciatarios: Hay dos categorías de licenciatarios reconocidos por la ley de Florida. Una persona puede ser un licenciatario invitado ya sea por una invitación comunicada o por una invitación que pueda estar razonablemente implícita de las circunstancias. Un licenciatario no invitado es una persona que ingresa a las instalaciones de otra persona únicamente para su propia conveniencia sin una invitación.
Invitados: Según la ley de Florida, un invitado es alguien que ingresa a las instalaciones de otro con fines comerciales asociados con el propietario o ocupante de la tierra. Un invitado público es una persona a la que se invita a ingresar a la propiedad de otro como miembro del público. Por lo general, un invitado público ingresa a la propiedad de otro con un propósito para el cual la tierra se mantiene abierta al público. Dado que un invitado es el estatus de participante más alto definido por la ley de Florida, a los invitados se les debe el mayor nivel de atención. Un propietario u ocupante de tierras que tenga conocimiento de una condición peligrosa en la propiedad tiene el deber de eliminar el peligro; excluir al invitado del área peligrosa mediante el uso de barreras, muros o portones; proporcionar advertencias sobre los peligros; o tome alguna combinación de estas medidas para asegurarse de que el invitado esté libre de peligro y riesgo de lesiones.
¡Deje Que Nuestros Abogados de Resbalones y Caídas le Ayuden! Los deberes impuestos por la ley como una forma de proteger a aquellos individuos caracterizados como invitados, licenciatarios e intrusos pueden ser vagos y difíciles de interpretar. Como resultado, los clientes lesionados mientras se encuentran legalmente en la propiedad de otro deben discutir sus situaciones específicas con un abogado de lesiones personales para determinar si un propietario o un ocupante de la tierra violó el estándar de atención impuesto a quienes controlan o poseen la propiedad.Después de un accidente de resbalón y caída, es posible que le preocupe no poder encontrar una parte responsable para pagar su lesión. Si usted o un ser querido se lesionó en un accidente de resbalón y caída de cualquier tipo, nuestros abogados de resbalones y caídas mejor calificados pueden ayudarlo. Tener abogados experimentados en resbalones y caídas que luchan por usted puede significar la diferencia entre ganar el mejor precio para su reclamo y no recibir ninguna compensación. Nuestros abogados están listos para brindar representación legal comprobada y están listos para proteger sus derechos. Estamos disponibles las 24 horas del día, los 7 días de la semana para brindarle una consulta gratuita y sin riesgos.
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Miami-Dade: Aventura, Coral Gables, Doral, Fontainebleau, Hialeah, Homestead, Kendall, Miami, Miami Beach, Miami Lakes, North Miami, Tamiami y Westchester.
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